En BOE de 28 de octubre de 2024 se ha publicado la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrolla el Reglamento “Veri*factu”.

Con entrada en vigor el 29 de octubre de 2024, marca un paso decisivo en la lucha contra el fraude fiscal en España. Comienza 9 meses de arduo trabajo!

Esta orden, vinculada al Reglamento Veri*factu (de diciembre de 2023), establece las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido para los sistemas de facturación, siguiendo los lineamientos de la Ley General Tributaria. El objetivo es claro: asegurar la trazabilidad, integridad e inalterabilidad de los registros de facturación y, en última instancia, aumentar la transparencia en los procesos contables de las empresas.

Veri*factu: objetivos y obligaciones para los sistemas de facturación

El Reglamento Veri*factu establece los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación, con un doble propósito:

  1. Asegurar la integridad y la seguridad de los registros de facturación: Es fundamental que los sistemas de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Esto significa que cada transacción comercial debe generar una factura y anotación inalterable en el sistema, protegiendo la información contra cualquier intento de modificación posterior.
  2. Obligación de adaptación y certificación para proveedores de software: Los fabricantes y comercializadores de software deben certificar que sus productos cumplen con estos nuevos requisitos. Con nuestro servicio de certificación antifraude, ayudamos a empresas y desarrolladores de sistemas de facturación a alcanzar y demostrar el cumplimiento de estos estándares, lo que facilita el envío seguro y voluntario de información a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y garantiza que sus sistemas estén adaptados a la normativa.

Plazos clave para la adaptación

La Orden HAC/1177/2024 entra en vigor el 29 de octubre de 2024, con dos fechas límite importantes para la implementación de los sistemas Veri*factu:

  • 1 de julio de 2025: Fecha límite para que todos los sistemas de facturación estén completamente adaptados a las disposiciones del Reglamento Veri*factu.
  • 29 de julio de 2025: Plazo para que fabricantes y comercializadores de software ofrezcan productos certificados, asegurando que sus sistemas se ajustan a los requisitos técnicos exigidos.

Con este marco temporal, la adaptación debe comenzar cuanto antes para asegurar un cumplimiento pleno, eficiente y dentro del plazo establecido.

Quedan poco meses

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